La tercera sección del libro “Los orígenes del modelo sindical argentino”, en la cual se trata el sindicalismo revolucionario y los conflictos entre sus adherentes y la FORA.
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Por: Leonardo Elgorriaga
Libro publicado por: La Sociedad de Resistencia de Oficios Varios Capital, Federación Obrera Regional Argentina (F.O.R.A. – A.I.T.)
El Sindicalismo Revolucionario:
El carácter reformista adquirido por los partidos socialistas vinculados a la IIª Internacional y los fracasos de la Tercera República Francesa, generó que un grupo de intelectuales hasta entonces relacionados con el socialismo conformaran en Francia una nueva corriente disidente a las socialdemocracias europeas. Encabezados por la figura de Georges Sorel, esta corriente autodenominada “sindicalismo revolucionario” planteaba un retorno a los principios de la lucha de clases, y por consiguiente, un abandono de las estrategias integracionistas llevadas adelante por el partido socialista. Según esta corriente, los sindicatos eran los únicos órganos auténticamente obreros que podían a través de la huelga general revolucionaria reproducir la lucha de clases y recuperar el sentido revolucionario perdido por el socialismo. Los sindicalistas revolucionarios lanzaban una crítica a la lucha parlamentaria y al sindicalismo reformista hasta ese momento existente, rechazando toda estrategia de alianza de clases. Para ello, el sindicalismo revolucionario se sirvió de muchos de los principios hasta entonces vinculados con el anarquismo como lo es el principio de acción directa y la estrategia de la huelga general revolucionaria.
En su obra “El Porvenir Socialista de los Sindicatos” (1897), Sorel lanza una aguda crítica a la estrategia parlamentaria y al reformismo del partido socialista: “Los parlamentos continúan aprobando leyes para proteger a los trabajadores; los socialistas se esfuerzan por conseguir que los tribunales inclinen su jurisprudencia en sentido favorable a los obreros; en todo momento, la prensa socialista busca conmover la opinión burguesa apelando a sentimientos de bondad, de humanidad, de solidaridad, es decir, a la moral burguesa. Uno se ha burlado mucho de los viejos utópicos que esperaban una reforma social a través de la buena voluntad o la inteligencia de los capitalistas mejor informados; parece que el socialismo actual vuelve a adoptar la antigua rutina al solicitar la protección de la clase que, de acuerdo con su teoría, debería ser enemiga irreconciliable del proletariado”1. En cambio, la huelga general expresa “…que ha terminado el tiempo de las revoluciones de los políticos, y que de este modo el proletariado se niega a dejarse sojuzgar por nuevas jerarquías”2. Asimismo, agrega que “…la lucha de clases es el alfa y el omega del socialismo, que no es un concepto sociológico para uso de los sabios sino el aspecto ideológico de una guerra social proseguida por el proletariado contra el conjunto de los jefes de la industria, que el sindicato es el instrumento de la guerra social”3.
Humbert Lagardella, otro representante del sindicalismo revolucionario y discípulo directo de Sorel, señalaba respecto de la estrategia parlamentaria que “El peligro de semejante táctica es grave: concentrando de este modo todas las esperanzas del proletariado en la intervención milagrosa del Poder, diciéndole que espera su liberación de una fuerza externa, el sindicalismo parlamentario ha paralizado en él todo esfuerzo personal y le ha desviado de obras positivas”4. Es por ello que dicho autor concluía respecto del principio de acción directa que “Toda esta táctica de esfuerzos personales, renovados sin cesar, es lo que constituye la acción directa. Ninguna delegación ni representación, sino un llamamiento constante a las ideas de responsabilidad, de dignidad y de energía. Ni pactos, ni arreglos, sino la lucha con sus riesgos y sus exaltaciones. Ningún halago a los bajos instintos de la pasividad, sino una continua exaltación de los sentimientos más activos del hombre”5. En este sentido, Víctor Griffuelhes, secretario de la CGT francesa durante el predominio del sindicalismo revolucionario, señalaba que “Acción directa quiere decir acción de los obreros mismos, es decir, acción directamente ejercida por los interesados. Es el trabajador mismo quien realiza su esfuerzo, y lo ejerce personalmente sobre los Poderes que le dominan, para obtener de ellos las ventajas reclamadas. Por la acción directa, el obrero crea su lucha y la dirige, decidido a no encargar a otro que a sí mismo el cuidado de emanciparle”6. El principio de acción directa proclamado tanto por anarquistas como por sindicalistas revolucionarios, constituye la base para una crítica de la democracia burguesa y del principio de representación política sobre el cual aquella se sostiene.
La práctica del sindicalismo revolucionario en los gremios franceses tiene su origen en la figura de Fernand Pelloutier, quién en 1893 funda la Federación de Bolsas de Trabajo. Esta última ingresa en 1902 en la CGT francesa y de ahí en más pasa a ser esta central el estandarte del sindicalismo revolucionario a nivel mundial. En 1906 dicta su famosa Declaración de Amiens que influirá en el movimiento obrero mundial.
El sindicalismo revolucionario luego de su predominio en la CGT francesa no pudo desarrollarse como una corriente autónoma y diferenciada. Sus principales ideólogos fueron absorbidos por otras corrientes tanto de izquierda como de extrema derecha. El propio Sorel tuvo muchas variaciones en su doctrina pudiendo elogiar al mismo tiempo a Lenin y a la revolución rusa, como a un joven militante del Partido Socialista Italiano llamado Benito Mussolini. Un discípulo directo de Sorel como Lagardella será embajador francés en Roma durante el régimen fascista y más tarde ministro de trabajo del Gral. Petain durante la ocupación nazi en Francia. Otro compañero de Sorel, Georges Valois, fue fundador en 1925 del movimiento fascista francés7. Sin embargo, hay que destacar la gran variedad de influencias que generó el sindicalismo revolucionario. Incluso muchos de sus postulados fueron luego utilizados indebidamente por el fascismo italiano para fundar teóricamente su régimen especialmente en lo que hace las críticas a la democracia y al papel fundamental de los sindicatos.
El sindicalismo revolucionario dejó huellas visibles en el movimiento sindical de muchos países, adquiriendo particularidades y un desarrollo diferenciado en cada uno de ellos. En el caso de la Argentina ya desde 1903 puede detectarse dentro del PS de la presencia de un grupo de militantes identificados con el sindicalismo revolucionario. Rápidamente este sector comienza a tomar posiciones destacadas tanto en el partido como en la dirección de la central formada por las socialistas luego de su retiro de la FORA: la Unión General de Trabajadores (UGT). En 1905 el periódico La Acción Socialista publica el programa de los sindicalistas revolucionarios argentinos que entre otros puntos declaraba:
“a) Fijar la posición del movimiento obrero en el terreno de la lucha de clases, manteniendo el espíritu revolucionario que ha de animarlo… b) Enaltecer la acción directa del proletariado, desarrollada por su simple y deliberada voluntad de modo independiente de toda tutela legal… c) Demostrar teórica y prácticamente el papel revolucionario del sindicato, su efectiva superioridad como instrumento de lucha y su función histórica en el porvenir como embrión de un sistema de producción y gestión colectivista. d) Integrar la acción revolucionaria del proletariado por medio de la subordinación de la acción parlamentaria a los intereses de la clase trabajadora… e) Ratificar el concepto marxista sobre el significado de la acción del proletariado en su fundamental expresión de la lucha de clases. f) Negar que el Estado sea órgano social y universal y demostrar su naturaleza de institución de clase. g) Adjudicar al parlamentarismo, como único papel en el proceso revolucionario, funciones de crítica y descrédito de las instituciones políticas del régimen capitalista”.
En el IIIº Congreso de la UGT realizado ese mismo año, los sindicalistas revolucionarios logran aprobar una declaración en la cual adjudicaba al acción parlamentaria “…un papel secundario y complementario de la obra de transformación social…”, agregando que la misma “…no realiza obra efectiva revolucionaria y sólo sirve para complementar la acción material y positiva que realiza el proletariado…”. Finalmente, los sindicalistas revolucionarios fueron expulsados del PS en el VIIº Congreso partidario realizado en 1906. A partir de ese momento los sindicalistas revolucionarios limitarán su influencia al ámbito de la UGT dominando dicha central. En 1909 la UGT es absorbida por una nueva central: la Confederación Obrera Regional Argentina (CORA), la cual continuará la línea sindicalista seguida por aquella.
Anarquistas y Sindicalistas Revolucionarios:
Siendo predominante la influencia del sindicalismo revolucionario dentro de la UGT, esta última invita a la FORA en 1905 a celebrar un pacto de solidaridad para sellar la unión entre ambas centrales. La FORA no sólo rechaza la propuesta sino que además en su Vº Congreso celebrado ese mismo año resuelve “Que aprueba y recomienda a todos sus adherentes la propaganda e ilustración más amplia en sentido de inculcar a los obreros los principios económico-filosóficos del Comunismo Anárquico”. En los años siguientes fracasarán todos los congresos de unificación entre ambas centrales por mantener los foristas su postura favorable al comunismo anárquico.
Es importante destacar que una de las características fundamentales del sindicalismo revolucionario es su tendencia al fortalecimiento de las asociaciones sindicales sobre la base del neutralismo ideológico de las mismas. La idea de que los sindicatos eran las instituciones propias del proletariado, hacía pensar a los partidarios de dicha corriente que los mismos mantenían la pureza de la clase obrera, y por lo tanto, toda expresión ideológica venía así a alterar dicha pureza. La extrema confianza en el carácter revolucionario de los sindicatos llevó a Humbert Lagardella a afirmar que la pretensión de los demócratas sociales de extender el colaboracionismo de los partidos a la lucha de clases encabezada por los sindicatos “…será vana e irrealizable”. Asimismo, el carácter estrictamente obrero de los sindicatos implicaba para los sindicalistas revolucionarios que el sindicato no sólo tuviera un rol central en el camino hacia la revolución, sino que además subsistiera luego de la revolución como base de la nueva organización social, asumiendo la conducción de las fuerzas productivas para cada rama de la producción. De esta forma el sindicato era para esta corriente una manifestación actual de la futura sociedad a crearse. Por otro lado, los sindicalistas revolucionarios asignaban un papel secundario a la lucha parlamentaria por lo que su antiestatismo no era tan extremo como en el caso de los anarquistas. En este punto, los sindicalistas se declaran extraparlamentarios al tolerar la acción partidaria por fuera del sindicato, a diferencia de los anarquistas que son antiparlamentarios y rechazan la modalidad partidaria de organización.
Muchos de los postulados del sindicalismo revolucionario son compartidos por el anarcosindicalismo, especialmente en lo que hace a la exclusividad revolucionaria de los sindicatos y su permanencia luego de la revolución social. El anarcosindicalismo puede definirse como el punto de mayor encuentro entre anarquistas y sindicalistas revolucionarios. Sin embargo, los anarcosindicalistas seguirán reivindicando su linaje libertario y su antiestatismo extremo.
La adopción del comunismo anárquico como criterio finalista expresa la oposición de la FORA al neutralismo ideológico del sindicalismo revolucionario, oposición que implica una visión diferente del movimiento sindical. En la Memoria presentada por la FORA ante el Congreso de la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT) realizado en 1923 en Berlin, la misma dirá que “…la FORA no olvida que el sindicalismo es una modalidad de organización sistemática impuesta por necesidades materiales, un medio simplemente, un efecto que deberá desaparecer paralelamente con la causa que le dio vida: el presente sistema económico y social”8. En dicha Memoria la FORA expone su concepción sobre el sindicalismo en los siguientes términos: “1º Que el sindicalismo es la manifestación embrionaria del principio de solidaridad y el crisol que ejercita y materializa las primeras rebeldías proletarias, y que en ese sentido lo adopta como medio frente al orden imperante. 2º Que nadie, ni siquiera el sindicalismo, tiene derecho de abrogarse un papel “directriz” en los períodos revolucionarios. 3º Que nada tienen que hacer los órganos del sindicalismo, una vez que la revolución haya abolido el sistema capitalista y la dominación estatal y, como necesario complemento a este régimen y como principal factor que abona su concepción del sindicalismo, la Federación Obrera Regional Argentina presenta la finalidad social que recomienda en su pacto federativo: el comunismo anárquico”.
De esta manera, el sindicato era para la FORA simplemente un medio de lucha surgido de necesidades materiales, y por lo tanto históricas, fruto del principio de solidaridad entre los trabajadores. La adopción del comunismo anárquico era a los efectos de mantener la conciencia de que el sindicalismo representa para los trabajadores un arma de doble filo al poder adquirir aquél funciones directrices que implantan el principio de autoridad entre los trabajadores. La Memoria señalaba en ese sentido que “…sólo la propaganda de una idea ampliamente libertaria que mate el principio de autoridad en los individuos, será capaz de conjurar el peligro de que los órganos del sindicalismo, asumiendo posturas “directrices”, lleguen a coartar la libre iniciativa en los períodos revolucionarios”. Por lo tanto, “Ante esas voces que reclaman “todo el poder para el sindicato”, la FORA dirá “Nada de poder para nadie”.
Todos los intentos de unificación entre ambas corrientes fracasarán hasta que finalmente los sindicalistas revolucionarios deciden disolver en 1914 la CORA e ingresar masivamente a la FORA. Una vez ingresados en la misma y siendo ya mayoría, en el IXº Congreso realizado el 1 de abril de 1915 resuelven eliminar la recomendación del comunismo anárquico proclamando la neutralidad ideológica de dicha central. Las sociedades que se habían pronunciado a favor del comunismo anárquico se reúnen al día siguiente y deciden desconocer el IXº Congreso, manteniendo la declaración del Vº Congreso. Se produce así el fraccionamiento de la central en: FORA del IX Congreso de línea sindicalista, y FORA del V Congreso de línea anarquista. A partir de este momento los sindicalistas dominarán por varios años el movimiento sindical de nuestro país.
La fetichización del sindicato y el antiestatismo más moderado de los sindicalistas serán fundamentales para el cambio de modelo que comienza a gestarse a partir de ese momento. El tiempo mostrará que los sindicatos, al igual que el Estado, pueden formar su propia burocracia, como así también pueden abandonar su carácter revolucionario y su postura acorde al principio de acción directa, adoptando por el contrario posiciones integracionistas y sistémicas.
Notas:
1) Ciria Alberto; “Georges Sorel”, CEAL, 1993, p. 43
2) Ciria Alberto; op. ci., p. 34
3) Ciria Alberto; op. cit., p. 40
4) Lagardella Hubert; “Características del sindicalismo”, en “Teoría y práctica del sindicalismo”, Ed. Dávalos, 1958, p. 73
5) Lagardella Hubert; op. cit. p. 81
6) Griffuelhes Víctor; “La práctica sindical”, en “Teoría y práctica del sindicalismo”, Ed. Dávalos, 1958, p. 134
7) Kersffeld Daniel; “Georges Sorel: apóstol de la violencia”, Ed. Signo, 2004, p. 16
8) López Antonio; “La Fora en el movimiento obrero”, Tupac Ediciones, 1998, p. 171